LFCDO

Artículo 11 Ter. Orden de aprehensión y cateo

El juez de control debe emitir una orden de aprehensión junto con una autorización de cateo si es solicitada por el Ministerio Público. Esto asegura que se especifiquen los domicilios y lugares a catear relacionados con el delito.

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Texto Legal

Cuando el Juez de control competente, emita una orden de aprehensión, deberá también acompañarla de una autorización de orden de cateo, si procediere, en el caso de que ésta haya sido solicitada por el agente del Ministerio Público de la Federación, debiendo especificar el domicilio del imputado o probable responsable, o aquellos que se señalen como los de su posible ubicación, o bien los lugares que deban catearse por tener relación con el delito, así como los demás requisitos que señala el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo adicionado DOF 16-06-2016

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este artículo es fundamental para la correcta ejecución de las órdenes de aprehensión y cateo. Los abogados deben asegurarse de que se cumplan todos los requisitos establecidos para evitar nulidades en el proceso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 11 Ter del LFCDO?

El juez de control debe emitir una orden de aprehensión junto con una autorización de cateo si es solicitada por el Ministerio Público. Esto asegura que se especifiquen los domicilios y lugares a catear relacionados con el delito.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 11 Ter de la LEY contra la Delincuencia Organizada?

Este artículo es fundamental para la correcta ejecución de las órdenes de aprehensión y cateo. Los abogados deben asegurarse de que se cumplan todos los requisitos establecidos para evitar nulidades en el proceso.

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