Regula el derecho al caracter reservado de los datos, informes y antecedentes que las autoridades fiscales obtengan de los contribuyentes, estableciendo las excepciones legales al secreto fiscal.
Las autoridades fiscales deberan guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, asi como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobacion.
El secreto fiscal protege:
- Declaraciones de impuestos presentadas por el contribuyente
- Datos personales y financieros del contribuyente
- Informacion contable obtenida en auditorias
- Datos de terceros relacionados con el contribuyente
- Informacion bancaria obtenida mediante requerimientos a instituciones financieras
El caracter reservado de la informacion no aplica en los siguientes casos:
1. Requerimiento judicial: Cuando un juez lo solicite mediante mandamiento
2. Datos estadisticos: Informacion anonimizada para fines estadisticos
3. Informacion entre autoridades fiscales: Para el ejercicio de sus facultades
4. Cobro de creditos fiscales firmes: En procedimientos de cobro
5. Defraudacion fiscal: En investigaciones de delitos fiscales
6. Contribuyentes publicados en listas: Contribuyentes con operaciones inexistentes (articulo 69-B CFF)
- Todo servidor publico que tenga acceso a informacion fiscal debe guardar confidencialidad
- La violacion al secreto fiscal constituye una infraccion administrativa grave
- El servidor publico puede ser sancionado con destitucion e inhabilitacion
- El contribuyente puede demandar danos y perjuicios por la divulgacion indebida
El secreto fiscal se complementa con las disposiciones de la Ley Federal de Proteccion de Datos Personales en Posesion de los Particulares y la Ley General de Proteccion de Datos Personales en Posesion de Sujetos Obligados.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
En SDV Asesores hemos visto casos donde autoridades fiscales comparten informacion del contribuyente de manera indebida, especialmente en el contexto de las listas del articulo 69-B del CFF (operaciones simuladas). Es fundamental que los contribuyentes sepan que su informacion fiscal es reservada y que cualquier filtracion puede ser denunciada. Cuando un cliente nos reporta que terceros conocen detalles de su situacion fiscal que solo la autoridad deberia tener, investigamos posibles violaciones al secreto fiscal y preparamos las denuncias correspondientes.
Art. 2. Derechos generales de los contribuyentes
Enumera los derechos generales de los contribuyentes: ser informado y asistido, obtener resoluciones fundadas, ser presumido de buena fe, conocer el estado de sus tramites, y ser tratado con respeto por las autoridades fiscales.
Art. 8. Derecho a ser tratado con respeto
Establece el derecho de los contribuyentes a ser tratados con el debido respeto y consideracion por los servidores publicos de la administracion tributaria en todas las actuaciones fiscales.
Art. 23. Quejas y reclamaciones ante autoridades fiscales
Establece el derecho del contribuyente a presentar quejas y reclamaciones ante las autoridades fiscales por actuaciones irregulares, asi como el procedimiento y los plazos para su atencion.
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Art. 6. Derecho a no aportar documentos en poder de la autoridad
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Art. 8. Derecho a ser tratado con respeto
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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