Establece la obligacion de las autoridades fiscales y de PRODECON de difundir ampliamente los derechos de los contribuyentes contenidos en esta ley.
Las autoridades fiscales y PRODECON deberan difundir ampliamente los derechos de los contribuyentes contenidos en esta ley, a traves de los medios de comunicacion disponibles.
La obligacion de difundir los derechos del contribuyente recae sobre:
1. SAT: A traves de su portal de internet, oficinas y medios de comunicacion
2. PRODECON: Mediante campanas de difusion y material informativo
3. IMSS e INFONAVIT: Respecto de los derechos en materia de seguridad social
4. Otras autoridades fiscales: En el ambito de su competencia
| Medio | Tipo | Ejemplo |
|---|---|---|
| Portal de internet | Digital | Seccion de derechos del contribuyente en sat.gob.mx |
| Redes sociales | Digital | Publicaciones informativas en Twitter, Facebook |
| Material impreso | Fisico | Folletos y carteles en oficinas |
| Medios masivos | Tradicional | Spots de radio y television |
| Eventos y conferencias | Presencial | Foros y seminarios sobre derechos fiscales |
| Publicaciones especializadas | Academico | Revistas y libros sobre derecho fiscal |
La difusion debe incluir:
- Los 14 derechos generales del articulo 2
- Los servicios gratuitos de PRODECON
- Los medios de defensa disponibles
- Los procedimientos para presentar quejas
- Los plazos para ejercer los derechos
- La informacion de contacto de PRODECON
La difusion de derechos es efectiva cuando:
- Llega a todos los contribuyentes, no solo a los grandes
- Esta redactada en lenguaje accesible, no tecnico
- Se actualiza periodicamente con cambios legislativos
- Incluye ejemplos practicos de como ejercer los derechos
- Es multicanal: utiliza diversos medios simultaneamente
Interpretación práctica por el equipo de SDV
A pesar de que la ley ordena la difusion de los derechos del contribuyente, en la practica muchos contribuyentes, especialmente personas fisicas y pequenas empresas, desconocen sus derechos fundamentales. En SDV Asesores complementamos esta labor de difusion asesorando a nuestros clientes sobre sus derechos antes de que enfrenten un procedimiento fiscal. La prevencion es siempre mas efectiva que la defensa reactiva. Instamos a todos los contribuyentes a informarse sobre sus derechos y a exigir que la autoridad los respete en todo momento.
Art. 3. Derecho a ser informado y asistido
Desarrolla el derecho de los contribuyentes a ser informados y asistidos por las autoridades fiscales sobre sus derechos y obligaciones, incluyendo la difusion de criterios normativos e informativos.
Art. 26. PRODECON como defensor del contribuyente
Establece el papel de la Procuraduria de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) como organismo autonomo encargado de proteger, defender y asesorar a los contribuyentes frente a las autoridades fiscales.
Art. 29. Obligacion de las autoridades de cumplir la ley
Establece la obligacion de todas las autoridades fiscales de cumplir y hacer cumplir los derechos consagrados en la LFDC, asi como las consecuencias del incumplimiento.
Art. 32. Vigencia y disposiciones transitorias
Establece la vigencia de la LFDC y las disposiciones transitorias para su implementacion, incluyendo las adecuaciones necesarias en la normatividad secundaria.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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