LSNIIMSP

Artículo 43. Protección de información y productos de inteligencia

Se establece que toda la información generada deberá contar con medidas de cifrado y respaldo para garantizar su seguridad.

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Texto Legal

Protección y respaldo de la información y los productos de inteligencia Toda la información que se aloje en la Plataforma en particular y a la que se tenga acceso a través de la inteligencia criminal en general, así como los estudios y resultados del análisis de datos y los productos de inteligencia generados de conformidad con la presente Ley, deberán contar con las medidas de cifrado encriptado y descifrado que determine el CNI; en los casos en que lo considere necesario, podrá ser respaldada y complementada mediante dispositivos extraíbles y archivos físicos debidamente resguardados.

TÍTULO OCTAVO FUNCIONES DE LA GUARDIA NACIONAL Y PARTICIPACIÓN DE LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD Y PROCURACIÓN DE JUSTICIA ESTATALES

Capítulo I De la Guardia Nacional

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La protección de datos es fundamental en el manejo de información sensible. Asegúrese de que se implementen medidas adecuadas de cifrado y respaldo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 43 del LSNIIMSP?

Se establece que toda la información generada deberá contar con medidas de cifrado y respaldo para garantizar su seguridad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 43 de la LEY del Sistema Nacional de Investigación e Int...?

La protección de datos es fundamental en el manejo de información sensible. Asegúrese de que se implementen medidas adecuadas de cifrado y respaldo.

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