La Plataforma estará conectada a sistemas de información de entes públicos y privados. Esto facilitará el acceso a datos relevantes para la seguridad pública.
Consulta e interconexión con autoridades y con particulares La Plataforma estará conectada en tiempo real a cualquier sistema, registro, plataforma, banco, base de datos, recurso y fuente de información de los entes públicos contemplados en esta Ley, así como aquellos que, a consideración del Consejo Nacional, puedan contribuir a los fines del Sistema Nacional. Tratándose de las fuentes de información en posesión de los particulares, el CNI podrá consultarla, previo convenio con la Secretaría o a través de requerimiento oficial.
No se permitirá la conexión de entes privados a sistemas, bases de datos y registros públicos. Su participación en el Sistema, cuando se haya celebrado el convenio respectivo, se limitará a permitir el acceso del CNI a uno o varios de sus sistemas o registros, con el objeto de obtener información que contribuya a la seguridad pública.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La interconexión de sistemas es fundamental para la eficiencia en la consulta de información. Los abogados deben estar informados sobre cómo se accede a estos datos para optimizar sus estrategias legales.
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Art. 29. Criterios técnicos y de homologación
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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