LSNIIMSP

Artículo 16. Coadyuvancia con el Ministerio Público

La Subsecretaría podrá emplear medios de inteligencia para apoyar al Ministerio Público en investigaciones de seguridad pública. Se asegura que la información recopilada cumpla con los requisitos legales para su uso en procesos judiciales.

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Texto Legal

Coadyuvancia con el Ministerio Público Para la realización de las tareas de investigación a cargo de la Secretaría, la Subsecretaría podrá emplear medios de inteligencia aplicada a la seguridad pública y ejecutará los actos que resulten necesarios en el marco de sus atribuciones. Las investigaciones que realice derivadas de las tareas de inteligencia en seguridad pública, se llevarán a cabo bajo la conducción y el mando del Ministerio Público, al cual, además, auxiliará cuando la información o medios con los que cuente sean útiles en cualquier investigación o causa penal de su competencia, así como en la ejecución de técnicas de investigación para el aprovechamiento de productos de inteligencia con base en la información obtenida y aquella que le proporcionen, y en la ejecución de mandamientos ministeriales y judiciales que requieran análisis criminal. Asimismo, pondrá a su consideración aquello que pueda ser de utilidad para aportar datos de prueba para la integración de carpetas de investigación.

La Subsecretaría se cerciorará de que la evidencia, los datos y cualquier otra información de la cual se allegue en sus tareas de investigación e inteligencia, cumplan con las características que, en su momento, le permitan incorporarlas a las carpetas de investigación y a los expedientes judiciales que correspondan, cumpliendo con los requisitos establecidos en el Código Nacional de Procedimientos Penales, de tal forma que puedan llegar a constituir pruebas de cargo suficientes para la judicialización de las investigaciones y, en su caso, la obtención de sentencias condenatorias.

Tratándose de requerimientos por parte del Ministerio Público o de la autoridad judicial competente, la Subsecretaría pondrá a disposición de éstos la evidencia, los datos y la información con la que cuente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este artículo es crucial para entender la colaboración entre la Subsecretaría y el Ministerio Público. Es importante que los contadores y abogados se aseguren de que la evidencia recopilada cumpla con los estándares legales para su admisibilidad en juicio.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 16 del LSNIIMSP?

La Subsecretaría podrá emplear medios de inteligencia para apoyar al Ministerio Público en investigaciones de seguridad pública. Se asegura que la información recopilada cumpla con los requisitos legales para su uso en procesos judiciales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 16 de la LEY del Sistema Nacional de Investigación e Int...?

Este artículo es crucial para entender la colaboración entre la Subsecretaría y el Ministerio Público. Es importante que los contadores y abogados se aseguren de que la evidencia recopilada cumpla con los estándares legales para su admisibilidad en juicio.

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