LSNIEG

Artículo 111. Imposicion de Sanciones

El Instituto considerará la gravedad de la infracción y las condiciones del infractor al imponer sanciones. Esto permite un enfoque más equitativo en la aplicación de la Ley.

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Texto Legal

Para la imposición de las sanciones, el Instituto tomará en cuenta la gravedad de la infracción, las condiciones del infractor y la conveniencia de evitar prácticas tendientes a contravenir las disposiciones de esta Ley.

Estas multas las determinará el Instituto y serán ejecutadas por el Servicio de Administración Tributaria, a través de los procedimientos y disposiciones aplicables por dicho órgano. Párrafo adicionado DOF 14-07-2014

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La flexibilidad en la imposición de sanciones puede ser beneficiosa para fomentar el cumplimiento, pero también requiere un juicio cuidadoso por parte del Instituto.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 111 del LSNIEG?

El Instituto considerará la gravedad de la infracción y las condiciones del infractor al imponer sanciones. Esto permite un enfoque más equitativo en la aplicación de la Ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 111 de la LEY del Sistema Nacional de Información Estadís...?

La flexibilidad en la imposición de sanciones puede ser beneficiosa para fomentar el cumplimiento, pero también requiere un juicio cuidadoso por parte del Instituto.

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