260

Artículo 74. Integración de Comités

Los Comités estarán integrados por representantes de recursos humanos, la Secretaría y el Oficial Mayor, asegurando una representación adecuada en la toma de decisiones.

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Texto Legal

Los Comités estarán integrados por un funcionario de carrera representante del área de recursos humanos de la dependencia, un representante de la Secretaría y el Oficial Mayor o su equivalente, quien lo presidirá.

LEY DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 09-01-2006 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

El Comité, al desarrollarse los procedimientos de ingreso actuará como Comité de Selección. En sustitución del Oficial Mayor participará el superior jerárquico inmediato del área en que se haya registrado la necesidad institucional o la vacante, quien tendrá derecho a voto y a oponer su veto razonado a la selección aprobada por los demás miembros. En estos actos, el representante de la Secretaría deberá certificar el desarrollo de los procedimientos y su resultado final.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La correcta integración de los Comités es vital para su funcionamiento. Es importante que todos los miembros conozcan sus roles y trabajen en conjunto para el éxito del Sistema.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 74 del 260?

Los Comités estarán integrados por representantes de recursos humanos, la Secretaría y el Oficial Mayor, asegurando una representación adecuada en la toma de decisiones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 74 de la LEY del Servicio Profesional de Carrera en la A...?

La correcta integración de los Comités es vital para su funcionamiento. Es importante que todos los miembros conozcan sus roles y trabajen en conjunto para el éxito del Sistema.

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