260

Artículo 45. Programas de capacitacion

Los Comités establecerán programas de capacitación basados en las necesidades de cada dependencia, contribuyendo a la mejora de la calidad de los servicios públicos.

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Texto Legal

Los Comités, con base en la detección de las necesidades de cada dependencia establecerán programas de capacitación para el puesto y en desarrollo administrativo y calidad, para los servidores públicos. Dichos programas podrán ser desarrollados por una o más dependencias en coordinación con la Secretaría y deberán contribuir a la mejoría en la calidad de los bienes o servicios que se presten. Los Comités deberán registrar sus planes anuales de capacitación ante la Secretaría, misma que podrá recomendar ajustes de acuerdo a las necesidades del Sistema.

El Reglamento establecerá los requisitos de calidad exigidos para impartir la capacitación y actualización.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es importante que los servidores públicos participen activamente en los programas de capacitación y proporcionen retroalimentación sobre sus necesidades para mejorar la calidad del servicio.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 45 del 260?

Los Comités establecerán programas de capacitación basados en las necesidades de cada dependencia, contribuyendo a la mejora de la calidad de los servicios públicos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 45 de la LEY del Servicio Profesional de Carrera en la A...?

Es importante que los servidores públicos participen activamente en los programas de capacitación y proporcionen retroalimentación sobre sus necesidades para mejorar la calidad del servicio.

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