LSPM

Artículo 39. Reexpedición de envíos asegurados

Los envíos asegurados que se reexpidan deberán cubrir nuevamente el derecho de seguro. Esto es importante para mantener la cobertura durante el transporte adicional.

reexpedicionseguroenvios

Texto Legal

La correspondencia y los envíos asegurados que se reexpidan a solicitud de los remitentes o destinatarios, deberán cubrir nuevamente el derecho de seguro.

Cuando el destinatario sea quien solicite la reexpedición, no podrá modificar la cantidad en que el remitente haya asegurado la pieza.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Al solicitar la reexpedición, los remitentes deben considerar el costo adicional del seguro. Esto puede afectar el presupuesto de envíos frecuentes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 39 del LSPM?

Los envíos asegurados que se reexpidan deberán cubrir nuevamente el derecho de seguro. Esto es importante para mantener la cobertura durante el transporte adicional.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 39 de la LEY del Servicio Postal Mexicano?

Al solicitar la reexpedición, los remitentes deben considerar el costo adicional del seguro. Esto puede afectar el presupuesto de envíos frecuentes.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 39 del LSPM?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 39 LSPM desde tu celular