Los documentos que amparen el valor de la correspondencia con reembolso prescribirán en un término de tres años a partir de su depósito. Esto implica que los remitentes deben estar atentos a los plazos.
El documento que ampare el valor de la correspondencia o envíos con reembolso prescribirá en un término de tres años contados a partir de la fecha de su depósito.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es fundamental que los remitentes mantengan un registro de los documentos de reembolso y su fecha de depósito para evitar la pérdida de derechos por prescripción.
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Art. 33. Cantidad máxima de reembolso
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Art. 35. Causas de cesación de responsabilidad
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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