LSM

Artículo 61. Faltas de reservistas

Los reservistas que no se presenten a maniobras en tiempo de paz serán sancionados con retención en un cuerpo de tropas. La pena varía de uno a tres meses.

reservistasmaniobrassanciones

Texto Legal

En tiempo de paz, los reservistas convocados para maniobras o ejercicios que no concurran el día fijado al lugar que se indique según órdenes que se les den por citas o por avisos, serán castigados con pena de uno a tres meses de retención en un cuerpo de tropas, haciendo allí su instrucción.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los reservistas deben ser informados sobre sus obligaciones y las consecuencias de no asistir a maniobras. Los abogados pueden ofrecer asesoría para evitar sanciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 61 del LSM?

Los reservistas que no se presenten a maniobras en tiempo de paz serán sancionados con retención en un cuerpo de tropas. La pena varía de uno a tres meses.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 61 de la LEY del Servicio Militar?

Los reservistas deben ser informados sobre sus obligaciones y las consecuencias de no asistir a maniobras. Los abogados pueden ofrecer asesoría para evitar sanciones.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 61 del LSM?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 61 LSM desde tu celular