LSM

Artículo 59. Multas a empresas de transporte

Las empresas que transporten a mexicanos de edad militar al extranjero sin autorizacion enfrentaran multas de $1,000 a $5,000. Existen excepciones para ciertos servicios de transito internacional.

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Texto Legal

Las empresas de transportes terrestres, marítimas y aéreas que expidan boletos o transporten mexicanos de edad militar al extranjero, sin que éstos hayan recabado la autorización correspondiente, incurrirán en una multa de $ 1,000.00 a $ 5,000.00, con excepción de las empresas que hagan el servicio de tránsito internacional entre dos poblaciones fronterizas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las empresas de transporte deben estar al tanto de las regulaciones sobre el transporte de individuos en edad militar. Los abogados pueden ayudar a estas empresas a evitar sanciones mediante el cumplimiento de la ley.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 59 del LSM?

Las empresas que transporten a mexicanos de edad militar al extranjero sin autorizacion enfrentaran multas de $1,000 a $5,000. Existen excepciones para ciertos servicios de transito internacional.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 59 de la LEY del Servicio Militar?

Las empresas de transporte deben estar al tanto de las regulaciones sobre el transporte de individuos en edad militar. Los abogados pueden ayudar a estas empresas a evitar sanciones mediante el cumplimiento de la ley.

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