LSM

Artículo 5 BIS. Excepción de nacionalidad

Los mexicanos por nacimiento que adquieran otra nacionalidad no serán considerados en el activo del servicio militar en tiempo de paz. Esta disposición se encuentra en el artículo adicionado en 1998.

nacionalidadservicio militarexcepciones

Texto Legal

En tiempo de paz, los mexicanos por nacimiento que adquieran otra nacionalidad, al cumplir con sus obligaciones del servicio de las armas no serán considerados en el activo en los términos de lo dispuesto en esta ley y en las disposiciones reglamentarias. Artículo adicionado DOF 23-01-1998

ARTICULO 6º.- Se deroga. Artículo derogado DOF 18-05-2022

ARTICULO 7º.- La Armada Nacional tomará de los contingentes de cada clase los efectivos necesarios para cubrir sus vacantes y constituir sus reservas en la forma que establezca el Reglamento respectivo.

ARTICULO 8º.- En caso de llamamiento, los reservistas quedarán sujetos a las leyes y disposiciones militares desde la fecha que se establezca en él.

ARTICULO 9º.- En los casos de movilización, los reservistas serán considerados como pertenecientes al Ejército activo, desde la fecha en que se publique la convocatoria respectiva.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este artículo es relevante para aquellos que han adquirido otra nacionalidad y deben entender sus obligaciones en el servicio militar. Es importante que los contadores y abogados asesoren a sus clientes sobre las implicaciones de esta disposición.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 5 BIS del LSM?

Los mexicanos por nacimiento que adquieran otra nacionalidad no serán considerados en el activo del servicio militar en tiempo de paz. Esta disposición se encuentra en el artículo adicionado en 1998.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 5 BIS de la LEY del Servicio Militar?

Este artículo es relevante para aquellos que han adquirido otra nacionalidad y deben entender sus obligaciones en el servicio militar. Es importante que los contadores y abogados asesoren a sus clientes sobre las implicaciones de esta disposición.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 5 BIS del LSM?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 5 BIS LSM desde tu celular