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Artículo 10. Funciones en el extranjero

Los miembros del Servicio Exterior desempeñan funciones en diversas representaciones en el extranjero, lo que refleja la versatilidad y adaptabilidad del personal. Esto es crucial para la diplomacia moderna.

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Texto Legal

En el extranjero, los Miembros del Servicio Exterior desempeñarán indistintamente sus funciones en una Misión Diplomática, Representación Consular, Misiones Especiales y delegaciones a conferencias o reuniones internacionales. La Secretaría fijará las modalidades de acreditación del personal adscrito en el exterior, de acuerdo con el derecho y las prácticas internacionales. Artículo reformado DOF 25-01-2002, 19-04-2018

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La capacidad de adaptarse a diferentes funciones en el extranjero es vital para el éxito de las misiones diplomáticas. La capacitación continua es recomendable.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 10 del 96_190418?

Los miembros del Servicio Exterior desempeñan funciones en diversas representaciones en el extranjero, lo que refleja la versatilidad y adaptabilidad del personal. Esto es crucial para la diplomacia moderna.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 10 de la LEY del Servicio Exterior Mexicano?

La capacidad de adaptarse a diferentes funciones en el extranjero es vital para el éxito de las misiones diplomáticas. La capacitación continua es recomendable.

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