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Artículo 18. Comisión del Servicio Fiscal de Carrera

El SAT contará con una comisión responsable de la organización y funcionamiento del Servicio Fiscal de Carrera, estableciendo un régimen específico en su Estatuto. Esto es clave para la gestión del personal.

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Texto Legal

El Servicio de Administración Tributaria contará con una comisión responsable de la organización y funcionamiento del Servicio Fiscal de Carrera.

El régimen específico del Servicio Fiscal de Carrera quedará establecido en el Estatuto del Servicio Fiscal de Carrera que para tales efectos expida la Junta de Gobierno.

Título Cuarto De las Disposiciones Generales

Capítulo Unico

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La existencia de esta comisión es crucial para la administración del personal del SAT. Los abogados deben estar informados sobre cómo estas decisiones pueden impactar la administración tributaria.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 18 del 93_041218?

El SAT contará con una comisión responsable de la organización y funcionamiento del Servicio Fiscal de Carrera, estableciendo un régimen específico en su Estatuto. Esto es clave para la gestión del personal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 18 de la LEY del Servicio de Administración Tributaria?

La existencia de esta comisión es crucial para la administración del personal del SAT. Los abogados deben estar informados sobre cómo estas decisiones pueden impactar la administración tributaria.

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