Los gestores pueden ser entidades públicas, privadas o público-privadas y deben evitar conflictos de interés. Tienen la facultad de recuperar costos e inversiones según lo establecido por la Comisión Nacional de Energía.
Los gestores a que se refiere el artículo anterior pueden ser entidades públicas, privadas o público- privadas en las que pueden participar las personas Permisionarias que conformen el Sistema Integrado. En sus actividades, dichos gestores pueden recuperar costos e inversiones, en los términos que establezca la Comisión Nacional de Energía. En todo caso, se debe evitar el conflicto de interés entre el gestor y las personas Permisionarias de Transporte y Almacenamiento, así como de las personas que realicen compra venta y comercialicen Gas Natural, Petrolíferos y Petroquímicos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La recuperación de costos es un aspecto importante para los gestores. Los abogados deben asegurarse de que sus clientes cumplan con las regulaciones para evitar conflictos de interés.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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