LSE

Artículo 57. Servicio Público de Transmisión

El servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica es considerado un área estratégica del Estado, con preferencia sobre otras actividades. Esto resalta la importancia del sector eléctrico para el desarrollo nacional.

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Texto Legal

El Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica es un área estratégica exclusiva del Estado, por lo que tiene preferencia sobre cualquier otra actividad que implique el aprovechamiento de la superficie y del subsuelo de los terrenos afectos a aquéllas. Para todos los efectos legales, el Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica es de utilidad pública. Están sujetos a servidumbre legal los predios necesarios para la instalación de la Red Nacional de Transmisión y las Redes Generales de Distribución.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La clasificación del servicio eléctrico como estratégico implica que las empresas deben alinearse con políticas públicas. Esto puede abrir oportunidades de financiamiento y colaboración con el gobierno.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 57 del LSE?

El servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica es considerado un área estratégica del Estado, con preferencia sobre otras actividades. Esto resalta la importancia del sector eléctrico para el desarrollo nacional.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 57 de la LEY del Sector Eléctrico?

La clasificación del servicio eléctrico como estratégico implica que las empresas deben alinearse con políticas públicas. Esto puede abrir oportunidades de financiamiento y colaboración con el gobierno.

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