LSE

Artículo 144. Obligaciones de Usuarios

Los Usuarios Calificados y Usuarias Finales deben cumplir con las obligaciones de transicion energetica y descarbonizacion, segun lo establecido en la ley. Esto incluye tanto a entidades publicas como privadas.

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Texto Legal

Las Suministradoras, los Usuarios Calificados Participantes del Mercado y las Usuarias Finales que se suministren por autoconsumo, sean de carácter público o particular, están sujetos al cumplimiento de las obligaciones para la transición energética y descarbonización en los términos establecidos en esta Ley, la Ley de Planeación y Transición Energética y la regulación que al efecto emita la Secretaría.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las empresas deben evaluar su cumplimiento con estas obligaciones para evitar sanciones y aprovechar incentivos disponibles. La planeacion es clave para una transicion exitosa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 144 del LSE?

Los Usuarios Calificados y Usuarias Finales deben cumplir con las obligaciones de transicion energetica y descarbonizacion, segun lo establecido en la ley. Esto incluye tanto a entidades publicas como privadas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 144 de la LEY del Sector Eléctrico?

Las empresas deben evaluar su cumplimiento con estas obligaciones para evitar sanciones y aprovechar incentivos disponibles. La planeacion es clave para una transicion exitosa.

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