La Comisión puede autorizar ofertas públicas de adquisición por porcentajes menores al 30% bajo ciertas condiciones, protegiendo los derechos de los accionistas, especialmente los minoritarios. Este artículo enfatiza la importancia de la aprobación del consejo de administración.
La Comisión podrá autorizar la realización de ofertas públicas de adquisición por porcentajes menores al señalado en la fracción III, inciso b) del artículo 98 de esta Ley, cuando así se justifique, tomando en consideración los derechos de todos los accionistas y en especial el de los minoritarios y siempre que la solicitud de autorización se acompañe del acta en la que conste la aprobación del consejo de administración de la sociedad, previa opinión favorable del comité que desempeñe funciones en materia de prácticas societarias.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los asesores deben estar atentos a las autorizaciones de la Comisión, ya que pueden influir en la estrategia de adquisición de sus clientes. La documentación adecuada es esencial para evitar contratiempos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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