Los accionistas deben ajustarse a las disposiciones legales al ejercer su derecho de voto, evitando conflictos de interés que puedan perjudicar a la sociedad.
Los accionistas de las sociedades anónimas bursátiles, al ejercer sus derechos de voto, deberán ajustarse a lo establecido en el artículo 196 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. Al efecto, se presumirá, salvo prueba en contrario, que un accionista tiene en una operación determinada un interés contrario al de la sociedad o personas morales que ésta controle, cuando manteniendo el control de la sociedad vote a favor o en contra de la celebración de operaciones obteniendo beneficios que excluyan a otros accionistas o a dicha sociedad o personas morales que ésta controle.
Las acciones en contra de los accionistas que infrinjan lo previsto en el párrafo anterior, se ejercerán en términos de lo establecido en el artículo 38 de esta Ley.
Sección V De las disposiciones especiales aplicables a la emisión de acciones de las sociedades anónimas bursátiles
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los accionistas deben ser conscientes de las implicaciones legales de sus decisiones de voto. La transparencia en sus intereses es fundamental para evitar conflictos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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