LMV

Artículo 246. Operaciones permitidas en bolsas

Solo las casas de bolsa pueden operar en las bolsas de valores, cumpliendo con los requisitos establecidos en su reglamento interior. Esto asegura un control y regulación adecuados en el mercado.

casas de bolsaoperacionesreglamento

Texto Legal

Las bolsas de valores solamente permitirán operar en ellas a las casas de bolsa. En todo caso, dichas casas de bolsa deberán cumplir los requisitos establecidos en el reglamento interior de las propias bolsas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las casas de bolsa deben estar bien informadas sobre los requisitos para operar. Los abogados deben asesorar a sus clientes sobre el cumplimiento de estas normativas para evitar sanciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 246 del LMV?

Solo las casas de bolsa pueden operar en las bolsas de valores, cumpliendo con los requisitos establecidos en su reglamento interior. Esto asegura un control y regulación adecuados en el mercado.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 246 de la LEY del Mercado de Valores?

Las casas de bolsa deben estar bien informadas sobre los requisitos para operar. Los abogados deben asesorar a sus clientes sobre el cumplimiento de estas normativas para evitar sanciones.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 246 del LMV?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 246 LMV desde tu celular