Las casas de bolsa deben evaluar anualmente si su capital es suficiente para cubrir pérdidas potenciales. Esto incluye la presentación de un plan de acciones si el capital no es adecuado.
Las casas de bolsa deberán evaluar, al menos una vez al año, si el capital con que cuentan resultaría suficiente para cubrir posibles pérdidas derivadas de los riesgos en que dichas casas de bolsa podrían incurrir en distintos escenarios, incluyendo aquellos en los que imperen condiciones económicas adversas, de conformidad con las disposiciones de carácter general que para tal efecto determine la Comisión.
Los resultados de las evaluaciones que las casas de bolsa realicen, deberán presentarse en los plazos, forma y con la información que, al efecto, determine la propia Comisión mediante las disposiciones de carácter general antes citadas.
Asimismo, las casas de bolsa cuyo capital no sea suficiente para cubrir las pérdidas que la casa de bolsa llegue a estimar en las evaluaciones a que se refiere el presente artículo, deberán acompañar a dichos resultados, un plan de acciones con las proyecciones de capital que, en su caso, les permitiría cubrir las pérdidas esperadas. Dicho plan deberá ajustarse a los requisitos que para su presentación establezca la Comisión en las disposiciones de carácter general antes citadas. Artículo adicionado DOF 10-01-2014
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las casas de bolsa deben realizar estas evaluaciones con rigor para asegurar su viabilidad. Un plan de acción bien estructurado puede ser clave para enfrentar crisis financieras.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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