LMV

Artículo 157. Supervision en disolucion

La Comisión ejercerá funciones de supervisión respecto a los procedimientos de disolución de casas de bolsa, asegurando el cumplimiento de las normativas establecidas.

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Texto Legal

La Comisión ejercerá las funciones de supervisión únicamente respecto del cumplimiento de los procedimientos a los que se refiere el inciso b) de la fracción IV del artículo 156 de esta Ley. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades conferidas en el presente ordenamiento respecto de los delitos señalados en el Capítulo II del Título XIV de esta Ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es crucial que las casas de bolsa mantengan una comunicación constante con la Comisión durante el proceso de disolución para asegurar el cumplimiento normativo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 157 del LMV?

La Comisión ejercerá funciones de supervisión respecto a los procedimientos de disolución de casas de bolsa, asegurando el cumplimiento de las normativas establecidas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 157 de la LEY del Mercado de Valores?

Es crucial que las casas de bolsa mantengan una comunicación constante con la Comisión durante el proceso de disolución para asegurar el cumplimiento normativo.

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