La Asamblea General debe reunirse minimo dos veces al ano.
La Asamblea General deberá reunirse por lo menos dos veces al año.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Requisito procesal basico. Faltar a dos sesiones anuales es incumplimiento grave de gobierno corporativo auditable por comisión de vigilancia.
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Art. 10. Atribuciones de Asamblea General
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