LIFNVT

Artículo 67. Proteccion de Subcuentas contra Embargo

Los fondos de la subcuenta de vivienda no pueden ser objeto de compensacion, cesion o embargo, excepto por creditos otorgados con cargo al Fondo Nacional de Vivienda. Esta proteccion es fundamental para garantizar el ahorro de los trabajadores.

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Texto Legal

Los fondos de la subcuenta de vivienda a que esta Ley y la Ley del Seguro Social se refieren, no podrán ser objeto de compensación, cesión o embargo, excepto cuando se trate de los créditos otorgados con cargo al Fondo Nacional de la Vivienda. Artículo reformado DOF 07-01-1982, 24-02-1992

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo es esencial en litigio laboral y procedimientos de cobranza. Los acreedores no pueden ejecutar las subcuentas de vivienda del trabajador, con la unica excepcion de creditos otorgados por el propio Infonavit. Los abogados deben conocer que esta proteccion prevalece incluso en insolvencias o quiebras de los trabajadores.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 67 del LIFNVT?

Los fondos de la subcuenta de vivienda no pueden ser objeto de compensacion, cesion o embargo, excepto por creditos otorgados con cargo al Fondo Nacional de Vivienda. Esta proteccion es fundamental para garantizar el ahorro de los trabajadores.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 67 de la LEY del Instituto del Fondo Nacional de la Vivi...?

Este articulo es esencial en litigio laboral y procedimientos de cobranza. Los acreedores no pueden ejecutar las subcuentas de vivienda del trabajador, con la unica excepcion de creditos otorgados por el propio Infonavit. Los abogados deben conocer que esta proteccion prevalece incluso en insolvencias o quiebras de los trabajadores.

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