LIFNVT

Artículo 50. Vigilancia de creditos

El Instituto vigilara que los creditos otorgados se destinen a los fines para los que fueron concedidos, asegurando el uso adecuado de los recursos.

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Texto Legal

El Instituto vigilará que los créditos directos y los financiamientos que otorgue, se destinen al fin para los que fueron concedidos. Artículo reformado DOF 16-12-2020

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La vigilancia del uso de creditos es esencial para prevenir fraudes. Los asesores deben educar a sus clientes sobre la importancia de utilizar los recursos de manera adecuada.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 50 del LIFNVT?

El Instituto vigilara que los creditos otorgados se destinen a los fines para los que fueron concedidos, asegurando el uso adecuado de los recursos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 50 de la LEY del Instituto del Fondo Nacional de la Vivi...?

La vigilancia del uso de creditos es esencial para prevenir fraudes. Los asesores deben educar a sus clientes sobre la importancia de utilizar los recursos de manera adecuada.

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