El Auditor Externo tiene atribuciones para auditar estados financieros y emitir dictámenes sobre la situación financiera del Instituto. Su responsabilidad incluye informar sobre irregularidades y asistir a sesiones de la Asamblea General.
El Auditor Externo tendrá las siguientes atribuciones y facultades:
I.- Practicar la auditoría de los estados financieros y comprobar, cuando lo estime conveniente los avalúos de los bienes, materia de operación del Instituto;
II.- Emitir anualmente un dictamen al Comité de Auditoría sobre la situación financiera que guarda el Instituto, para su presentación a la Asamblea General por medio del Consejo de Administración.
Para rendir fundadamente dicho dictamen, deberá llevar a cabo el examen de las operaciones, documentación, registros y demás evidencias comprobatorias, en el grado y extensión que sean necesarios;
III.- Hacer del conocimiento del Consejo de Administración, por conducto del Comité de Auditoría, información sobre la situación financiera que guarda el Instituto, y
IV.- Asistir, con voz, pero sin voto, a las sesiones de la Asamblea General y del Consejo de Administración. Artículo adicionado DOF 01-06-2005
Artículo 19 Bis 1.- El Auditor Externo será responsable para con el Instituto por el cumplimiento de las obligaciones que esta Ley le impone y será solidariamente responsable con el que le haya precedido por las irregularidades en que éste hubiere incurrido si, conociéndolas, no las denunciare por escrito a la Asamblea General.
El Auditor Externo que en cualquier asunto relacionado con el Instituto tuviere un conflicto de intereses, deberá abstenerse de toda intervención. Artículo adicionado DOF 01-06-2005
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los auditores deben estar al tanto de sus responsabilidades y de la importancia de emitir informes claros y precisos para mantener la confianza en la gestion financiera del Instituto.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo