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Artículo 19 Bis. Funciones del Auditor Externo

El Auditor Externo tiene atribuciones para auditar estados financieros y emitir dictámenes sobre la situación financiera del Instituto. Su responsabilidad incluye informar sobre irregularidades y asistir a sesiones de la Asamblea General.

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Texto Legal

El Auditor Externo tendrá las siguientes atribuciones y facultades:

I.- Practicar la auditoría de los estados financieros y comprobar, cuando lo estime conveniente los avalúos de los bienes, materia de operación del Instituto;

II.- Emitir anualmente un dictamen al Comité de Auditoría sobre la situación financiera que guarda el Instituto, para su presentación a la Asamblea General por medio del Consejo de Administración.

Para rendir fundadamente dicho dictamen, deberá llevar a cabo el examen de las operaciones, documentación, registros y demás evidencias comprobatorias, en el grado y extensión que sean necesarios;

III.- Hacer del conocimiento del Consejo de Administración, por conducto del Comité de Auditoría, información sobre la situación financiera que guarda el Instituto, y

IV.- Asistir, con voz, pero sin voto, a las sesiones de la Asamblea General y del Consejo de Administración. Artículo adicionado DOF 01-06-2005

Artículo 19 Bis 1.- El Auditor Externo será responsable para con el Instituto por el cumplimiento de las obligaciones que esta Ley le impone y será solidariamente responsable con el que le haya precedido por las irregularidades en que éste hubiere incurrido si, conociéndolas, no las denunciare por escrito a la Asamblea General.

El Auditor Externo que en cualquier asunto relacionado con el Instituto tuviere un conflicto de intereses, deberá abstenerse de toda intervención. Artículo adicionado DOF 01-06-2005

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los auditores deben estar al tanto de sus responsabilidades y de la importancia de emitir informes claros y precisos para mantener la confianza en la gestion financiera del Instituto.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 19 Bis del LIFNVT?

El Auditor Externo tiene atribuciones para auditar estados financieros y emitir dictámenes sobre la situación financiera del Instituto. Su responsabilidad incluye informar sobre irregularidades y asistir a sesiones de la Asamblea General.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 19 Bis de la LEY del Instituto del Fondo Nacional de la Vivi...?

Los auditores deben estar al tanto de sus responsabilidades y de la importancia de emitir informes claros y precisos para mantener la confianza en la gestion financiera del Instituto.

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