LISSSTE

Artículo 90. Solicitud de Pensión de Vejez

La pensión de vejez se otorgará previa solicitud del trabajador y comenzará a pagarse al dejar de trabajar. Es fundamental cumplir con los requisitos establecidos para su obtención.

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Texto Legal

El otorgamiento de la Pensión de vejez sólo se podrá efectuar previa solicitud del Trabajador y se le cubrirá a partir de la fecha en que haya dejado de trabajar o termine el plazo de la Renta que venía disfrutando por estar Pensionado por riesgos del trabajo o invalidez, siempre que cumpla con los requisitos señalados en el artículo anterior.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los trabajadores deben estar atentos a los plazos y requisitos para solicitar su pensión, ya que cualquier error puede retrasar el proceso. Se recomienda iniciar el trámite con anticipación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 90 del LISSSTE?

La pensión de vejez se otorgará previa solicitud del trabajador y comenzará a pagarse al dejar de trabajar. Es fundamental cumplir con los requisitos establecidos para su obtención.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 90 de la LEY del Instituto de Seguridad y Servicios Soci...?

Los trabajadores deben estar atentos a los plazos y requisitos para solicitar su pensión, ya que cualquier error puede retrasar el proceso. Se recomienda iniciar el trámite con anticipación.

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