En falta del Presidente de la Junta, un representante del Estado elegido entre los presentes presidira las sesiones.
A falta del Presidente de la Junta, las sesiones serán presididas por uno de los representantes del Estado que se elija entre los presentes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Clausula de continuidad operativa. Asegura que las sesiones de la Junta puedan continuar sin interrupciones administrativas graves.
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