LISSSTE

Artículo 215. Sesiones de la Junta Directiva

La Junta Directiva sesiona una vez cada tres meses, pudiendo celebrar sesiones extraordinarias. Requiere minimo 10 miembros presentes, 5 de los cuales sean representantes del Estado.

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Texto Legal

La Junta Directiva sesionará una vez cada tres meses, pudiendo además celebrar las sesiones extraordinarias que se requieran.

Para la validez de las sesiones de la Junta Directiva se requerirá la asistencia de por lo menos diez de sus miembros, cinco de los cuales deberán ser representantes del Estado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El quorum requiere 10 miembros con minimo 5 del Estado, lo que garantiza participacion estatal en decisiones. Las sesiones ordinarias trimestrales pueden suplementarse con extraordinarias segun necesidad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 215 del LISSSTE?

La Junta Directiva sesiona una vez cada tres meses, pudiendo celebrar sesiones extraordinarias. Requiere minimo 10 miembros presentes, 5 de los cuales sean representantes del Estado.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 215 de la LEY del Instituto de Seguridad y Servicios Soci...?

El quorum requiere 10 miembros con minimo 5 del Estado, lo que garantiza participacion estatal en decisiones. Las sesiones ordinarias trimestrales pueden suplementarse con extraordinarias segun necesidad.

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