LISSSTE

Artículo 209. Organos de gobierno del Instituto

El Instituto tiene cinco organos de gobierno: Junta Directiva, Director General, Comision Ejecutiva del Fondo de Vivienda, Comision Ejecutiva del PENSIONISSSTE, y Comision de Vigilancia.

organos de gobiernoestructura administrativagobernanza

Texto Legal

Los órganos de gobierno del Instituto serán:

I. La Junta Directiva;

II. El Director General;

III. La Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda;

IV. La Comisión Ejecutiva del PENSIONISSSTE, y

V. La Comisión de Vigilancia.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Estructura basica de gobierno. Importante para identificar autoridades competentes en tramites y apelaciones. Cada organo tiene atribuciones especificas definidas en articulos posteriores.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 209 del LISSSTE?

El Instituto tiene cinco organos de gobierno: Junta Directiva, Director General, Comision Ejecutiva del Fondo de Vivienda, Comision Ejecutiva del PENSIONISSSTE, y Comision de Vigilancia.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 209 de la LEY del Instituto de Seguridad y Servicios Soci...?

Estructura basica de gobierno. Importante para identificar autoridades competentes en tramites y apelaciones. Cada organo tiene atribuciones especificas definidas en articulos posteriores.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 209 del LISSSTE?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 209 LISSSTE desde tu celular