LISSSTE

Artículo 203. Registro de derechohabientes en continuacion voluntaria

El registro de Familiares Derechohabientes y reglas de seguros en continuacion voluntaria se ajustan a lo previsto en la Ley.

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Texto Legal

El registro de Familiares Derechohabientes y las demás reglas de los seguros contratados se ajustarán a las disposiciones aplicables previstas en esta Ley.

CAPÍTULO II INCORPORACIÓN VOLUNTARIA AL RÉGIMEN OBLIGATORIO

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este es un articulo de remision que aplica procedimientos generales de la Ley. Importante para asegurar que derechohabientes esten correctamente registrados en los sistemas del Instituto.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 203 del LISSSTE?

El registro de Familiares Derechohabientes y reglas de seguros en continuacion voluntaria se ajustan a lo previsto en la Ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 203 de la LEY del Instituto de Seguridad y Servicios Soci...?

Este es un articulo de remision que aplica procedimientos generales de la Ley. Importante para asegurar que derechohabientes esten correctamente registrados en los sistemas del Instituto.

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