LISSSTE

Artículo 183. Prorroga en Pagos de Creditos

Los trabajadores que dejen de prestar servicios y tengan un credito podran obtener una prorroga sin intereses en los pagos. Esto ayuda a mitigar el impacto financiero en tiempos de desempleo.

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Texto Legal

Cuando un Trabajador deje de prestar sus servicios a las Dependencias o Entidades sujetas al régimen de beneficios que otorga esta Ley y hubiere recibido un préstamo a cargo del Fondo de la Vivienda, se le otorgará una prórroga sin causa de intereses en los pagos de amortización que tenga que hacer por concepto de capital e intereses. La prórroga tendrá un plazo máximo de doce meses y terminará anticipadamente cuando el Trabajador vuelva a prestar servicios a alguna de las Dependencias o Entidades o ingrese a laborar bajo un régimen con el que el Instituto tenga celebrado convenio de incorporación.

Para los efectos del párrafo anterior, también se entenderá que un Trabajador ha dejado de prestar servicios cuando transcurra un periodo mínimo de doce meses sin laborar en ninguna de las Dependencias o Entidades por suspensión temporal de los efectos del nombramiento o cese, a menos que exista litigio pendiente sobre la subsistencia de su designación o nombramiento.

Las Dependencias y Entidades a que se refiere esta Ley seguirán haciendo los depósitos para el Fondo de la Vivienda, sobre los sueldos de los Trabajadores que disfruten licencia por enfermedad en los términos del artículo 111 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del Apartado B del artículo 123 Constitucional y 37 de la presente Ley, así como de los que sufran suspensión temporal de los efectos de su nombramiento conforme a las fracciones I y II del artículo 45 de la citada Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, debiendo suspenderse dicho depósito a partir de la fecha en que cese la relación de trabajo.

La existencia del supuesto a que se refiere este artículo deberá comprobarse ante el Instituto.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La prorroga sin intereses es una herramienta valiosa para los trabajadores en dificultades. Los abogados deben asegurarse de que los trabajadores conozcan este derecho.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 183 del LISSSTE?

Los trabajadores que dejen de prestar servicios y tengan un credito podran obtener una prorroga sin intereses en los pagos. Esto ayuda a mitigar el impacto financiero en tiempos de desempleo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 183 de la LEY del Instituto de Seguridad y Servicios Soci...?

La prorroga sin intereses es una herramienta valiosa para los trabajadores en dificultades. Los abogados deben asegurarse de que los trabajadores conozcan este derecho.

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