LISSSTE

Artículo 171. Incompatibilidades de Vocales

Los integrantes de la Comision Ejecutiva no pueden ser miembros de la Junta Directiva del Instituto, salvo el Director General. Se establecen requisitos de honorabilidad y experiencia para ocupar el cargo de vocal.

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Texto Legal

Los integrantes de la Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda no podrán ser miembros de la Junta Directiva del Instituto, con excepción del Director General del Instituto. Igualmente será incompatible esta designación con el cargo sindical de Secretario General de la Sección que corresponda al Fondo de la Vivienda.

Para ocupar el cargo de vocal se requiere ser mexicano, estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos, y ser de reconocida honorabilidad y experiencia técnica y administrativa.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer las incompatibilidades es crucial para evitar conflictos de interes en la designacion de vocales, lo que puede afectar la transparencia del proceso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 171 del LISSSTE?

Los integrantes de la Comision Ejecutiva no pueden ser miembros de la Junta Directiva del Instituto, salvo el Director General. Se establecen requisitos de honorabilidad y experiencia para ocupar el cargo de vocal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 171 de la LEY del Instituto de Seguridad y Servicios Soci...?

Conocer las incompatibilidades es crucial para evitar conflictos de interes en la designacion de vocales, lo que puede afectar la transparencia del proceso.

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