Establece que las Cuotas y Aportaciones del seguro de retiro, cesantia y vejez se depositaran en subcuentas de la Cuenta Individual conforme a disposiciones de la Comisión Nacional del SAR.
Las Cuotas y Aportaciones del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez se recibirán y se depositarán en las respectivas Subcuentas de la Cuenta Individual de cada Trabajador, de conformidad con las disposiciones que emita la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Disposicion operativa sobre el mecanismo de deposito. Las Dependencias y Entidades deben asegurar que los depositos lleguen a tiempo a las subcuentas respectivas para que se acredite correctamente la antigüedad.
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