El pago de la suma asegurada se realiza en exhibicion unica directamente a beneficiarios en caso de fallecimiento, o al militar o su representante legal si es por incapacidad.
El pago de la suma asegurada, en cualquiera de los casos, se hará en una sola exhibición directamente a los beneficiarios del militar fallecido; tratándose de incapacidad, la entrega se hará al mismo militar asegurado o a la persona legalmente acreditada por él, según proceda. Artículo reformado DOF 20-11-2008
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Aclara que el pago es de una sola vez, no en anualidades. Importante para beneficiarios que puedan esperar pagos parciales. La entrega directa reduce tramites pero el Instituto requiere documentacion especifica.
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