LISSFAM

Artículo 183. Requisitos medicos para certificaciones de retiro

Todos los certificados y dictámenes médicos para retiro deben estar suscritos por mínimo dos médicos militares o navales especialistas en el padecimiento presentado.

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Texto Legal

En todos los casos en que se requiera la presentación de certificados y dictámenes médicos, éstos deberán estar suscritos, cuando menos por dos médicos militares o navales especialistas en el padecimiento que presenta el militar. Artículo reformado DOF 20-11-2008

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta exigencia de doble firma medica desde 2008 fortalece la validez de dictamenes ante reclamaciones. Rechace expedientes con un solo médico o sin especialidad acreditada en el tema.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 183 del LISSFAM?

Todos los certificados y dictámenes médicos para retiro deben estar suscritos por mínimo dos médicos militares o navales especialistas en el padecimiento presentado.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 183 de la LEY del Instituto de Seguridad Social para las ...?

Esta exigencia de doble firma medica desde 2008 fortalece la validez de dictamenes ante reclamaciones. Rechace expedientes con un solo médico o sin especialidad acreditada en el tema.

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