LISSFAM

Artículo 131. Prestamos a corto plazo del Banco Nacional

El Banco Nacional del Ejercito, Fuerza Aerea y Armada puede otorgar prestamos a corto plazo a militares con haber, haber de retiro y pensionistas, conforme a su Ley Organica y recursos disponibles.

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Texto Legal

El Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, SNC, podrá otorgar préstamos a corto plazo a los militares con haber o haber de retiro y a los pensionistas de acuerdo con los recursos disponibles para este fin y conforme a su Ley Orgánica.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Complementa opciones de credito para beneficiarios del sistema. Los asesores deben remitirse a la Ley Organica del Banco para conocer tasas, plazos y requisitos especificos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 131 del LISSFAM?

El Banco Nacional del Ejercito, Fuerza Aerea y Armada puede otorgar prestamos a corto plazo a militares con haber, haber de retiro y pensionistas, conforme a su Ley Organica y recursos disponibles.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 131 de la LEY del Instituto de Seguridad Social para las ...?

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