Los créditos otorgados pueden vencerse anticipadamente si se incumplen ciertas condiciones, lo que establece una clara regulación sobre el manejo de los créditos. Esto es vital para la protección de los recursos.
Los créditos que se otorguen con cargo al fondo, deberán darse por vencidos anticipadamente, si los deudores, sin el consentimiento del Instituto, enajenan las viviendas, gravan los inmuebles que garanticen el pago de los créditos concedidos o incurren en las causas de rescisión consignadas en los contratos respectivos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es fundamental que los contadores informen a los militares sobre las condiciones que pueden llevar al vencimiento anticipado de sus créditos, para evitar problemas financieros futuros.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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