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Artículo 22. Facultades de la Comision de Cambios

Otorga a la Comision autoridad para autorizar creditos, fijar criterios operativos al Banco y establecer directrices para la administracion de la reserva internacional.

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Texto Legal

La Comisión estará facultada para:

I. Autorizar la obtención de los créditos a que se refiere la fracción IX del artículo 7o.;

II. Fijar criterios a los que deba sujetarse el Banco en el ejercicio de las facultades previstas en los artículos 32, 34 y 35, así como en el artículo 33 respecto de la banca de desarrollo, y

III. Señalar directrices respecto del manejo y la valuación de la reserva a que se refiere el artículo 18.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La Comision de Cambios posee facultades decisivas sobre la gestion de divisas y la reserva. Los asesores fiscales deben entender que estas directrices vinculan las acciones del Banxico en materia de politica cambiaria y valuacion de activos internacionales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 22 del 74?

Otorga a la Comision autoridad para autorizar creditos, fijar criterios operativos al Banco y establecer directrices para la administracion de la reserva internacional.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 22 de la LEY del Banco de México?

La Comision de Cambios posee facultades decisivas sobre la gestion de divisas y la reserva. Los asesores fiscales deben entender que estas directrices vinculan las acciones del Banxico en materia de politica cambiaria y valuacion de activos internacionales.

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