74

Artículo 1. Naturaleza y autonomia del Banco

El Banco de México es una institución de derecho público con carácter autónomo que se rige por esta Ley, conforme a los párrafos sexto y séptimo del artículo 28 de la Constitución. Establece el fundamento legal y la autonomía institucional del banco central.

banco de mexicoautonomiaconstitucioninstitucion publica

Texto Legal

El banco central será persona de derecho público con carácter autónomo y se denominará Banco de México. En el ejercicio de sus funciones y en su administración se regirá por las disposiciones de esta Ley, reglamentaria de los párrafos sexto y séptimo del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este artículo es fundamental para entender que el Banxico es una entidad constitucional autónoma, no sujeta a órdenes del Ejecutivo en sus decisiones de política monetaria. Relevante para cualquier litigio o consulta sobre competencias y límites de autoridad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1 del 74?

El Banco de México es una institución de derecho público con carácter autónomo que se rige por esta Ley, conforme a los párrafos sexto y séptimo del artículo 28 de la Constitución. Establece el fundamento legal y la autonomía institucional del banco central.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1 de la LEY del Banco de México?

Este artículo es fundamental para entender que el Banxico es una entidad constitucional autónoma, no sujeta a órdenes del Ejecutivo en sus decisiones de política monetaria. Relevante para cualquier litigio o consulta sobre competencias y límites de autoridad.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 1 del 74?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 1 74 desde tu celular