LViv

Artículo 57. Reglas tasas preferenciales movilidad habitacional

CONAVI, INFONAVIT, FOVISSSTE y SHF deben emitir reglas para canalizar recursos a tasas preferenciales para poblacion de bajos recursos y facilitar movilidad habitacional mediante arrendamiento o transmision de viviendas.

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Texto Legal

La Comisión; el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; el Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado y la Sociedad Hipotecaria Federal, Sociedad Nacional de Crédito, deberán emitir reglas de carácter general que permitan canalizar recursos a tasas preferenciales para la población de bajos recursos, así como la movilidad habitacional en viviendas financiadas por ellos, mediante procedimientos para facilitar, en su caso, el arrendamiento o transmisión del uso por cualquier título de dichas viviendas. Artículo reformado DOF 14-05-2019

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Reforma 2019 obliga instituiciones clave a disenar reglas de tasas preferenciales y movilidad. Importante para analizar si productos crediticios realmente ofrecen acceso a poblacion vulnerable.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 57 del LViv?

CONAVI, INFONAVIT, FOVISSSTE y SHF deben emitir reglas para canalizar recursos a tasas preferenciales para poblacion de bajos recursos y facilitar movilidad habitacional mediante arrendamiento o transmision de viviendas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 57 de la LEY de Vivienda?

Reforma 2019 obliga instituiciones clave a disenar reglas de tasas preferenciales y movilidad. Importante para analizar si productos crediticios realmente ofrecen acceso a poblacion vulnerable.

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