LViv

Artículo 34. Funciones de la Comision Intersecretarial

Funciones incluyen vincular politicas economicas y sociales con vivienda, acordar inversiones y mecanismos de financiamiento, proponer planeacion de programas, conocer evaluaciones y crear subcomisiones.

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Texto Legal

Para cumplir con su objeto, la Comisión Intersecretarial tendrá las siguientes funciones:

I. Vincular las acciones de fomento al crecimiento económico, de desarrollo social, desarrollo urbano, desarrollo rural, ordenación del territorio, mejoramiento ambiental y aprovechamiento óptimo de los recursos naturales, con la Política Nacional de Vivienda;

II. Acordar inversiones y mecanismos de financiamiento y coordinación para ampliar la oferta habitacional; facilitar el crédito a toda la población; consolidar la producción social de vivienda y lograr una mayor transparencia y equidad en la asignación de los apoyos, estímulos y subsidios federales para la adquisición, construcción y mejoramiento de viviendas, particularmente los dirigidos a la población en situación de pobreza, vulnerabilidad o marginación, con énfasis en las mujeres jefas de familia o víctimas de violencias de género; Fracción reformada DOF 15-01-2026

III. Proponer mecanismos para la planeación, desarrollo y ejecución de los programas de vivienda;

IV. Conocer las evaluaciones de los programas de vivienda y de la aplicación de las acciones e inversiones intersectoriales para el logro de una vivienda digna y decorosa, en su caso, formular las propuestas correspondientes;

V. Conocer las opiniones y recomendaciones del Consejo;

VI. Aprobar la creación de subcomisiones y grupos de trabajo para la atención de temas específicos;

VII. Elaborar y aprobar su Reglamento Interno para su organización y funcionamiento, y

VIII. Las demás que determine el Titular del Ejecutivo Federal.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Articulo crucial operativamente. Fraccion II (reforma 2026) incorpora enfoque diferenciado para poblacion vulnerable, mujeres jefas de familia y victimas de violencia; esto introduce criterios sociales en asignacion de subsidios y financiamiento. Asesores deben considerar estos nuevos enfoques en diseno de programas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 34 del LViv?

Funciones incluyen vincular politicas economicas y sociales con vivienda, acordar inversiones y mecanismos de financiamiento, proponer planeacion de programas, conocer evaluaciones y crear subcomisiones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 34 de la LEY de Vivienda?

Articulo crucial operativamente. Fraccion II (reforma 2026) incorpora enfoque diferenciado para poblacion vulnerable, mujeres jefas de familia y victimas de violencia; esto introduce criterios sociales en asignacion de subsidios y financiamiento. Asesores deben considerar estos nuevos enfoques en diseno de programas.

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