Articulo perteneciente al Capitulo VII de Rezago, derogado mediante reforma del Diario Oficial de la Federacion el 24 de diciembre de 1986. Carece de vigencia actual.
(Se deroga). Artículo reformado DOF 05-01-1951. Derogado DOF 24-12-1986
TITULO TERCERO Servicios Título adicionado DOF 05-01-1951. Derogado DOF 24-12-1986
CAPITULO VIII Servicio ordinario Capítulo reformado DOF 05-01-1951 (reubicado). Derogado DOF 24-12-1986
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Formaba parte del capitulo de rezago que fue completamente derogado. Este bloque de articulos es puramente historico y no tiene aplicacion legal vigente.
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Art. 469. Articulo derogado rezago capitulo
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Art. 471. Articulo derogado servicio ordinario
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