Articulo derogado mediante reforma del 24-12-1986. No tiene efectos legales vigentes y fue reformado previamente el 05-01-1951.
(Se deroga). Artículo reformado DOF 05-01-1951. Derogado DOF 24-12-1986
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo y los subsecuentes (442-460) fueron completamente derogados en 1986. No tienen aplicacion practica actual y se incluyen solo por referencia historica. Se recomienda no considerarlos en analisis de cumplimiento normativo.
Anterior
Art. 440. Articulo derogado vias comunicacion
Siguiente
Art. 442. Articulo derogado sin contenido
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo