Articulo reformado el 23 de enero de 1950 y derogado el 12 de mayo de 1995. Formaba parte del Capitulo II dedicado al regimen de las aeronaves.
(Se deroga). Artículo reformado DOF 23-01-1950. Derogado DOF 12-05-1995
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo derogado. Para cuestiones sobre regulacion y operacion de aeronaves, consultar la Ley de Aviacion Civil vigente y sus reglamentos.
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