LVGC

Artículo 280. Articulo derogado matrícula y abanderamiento

Articulo derogado el 04-01-1994. Integraba el capitulo de matricula y abanderamiento.

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Texto Legal

(Se deroga). Artículo derogado DOF 04-01-1994

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Derogado desde hace tres decadas. No tiene vigencia legal. Cualquier asunto de registro de embarcaciones requiere consultar legislacion maritima vigente actual.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 280 del LVGC?

Articulo derogado el 04-01-1994. Integraba el capitulo de matricula y abanderamiento.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 280 de la LEY de Vías Generales de Comunicación?

Derogado desde hace tres decadas. No tiene vigencia legal. Cualquier asunto de registro de embarcaciones requiere consultar legislacion maritima vigente actual.

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