LVGC

Artículo 181. Articulo derogado de vias generales

Articulo derogado conforme al Diario Oficial de la Federacion del 19-07-1993 y 04-01-1994. Sin vigencia legal actual.

derogadovias de comunicacionnavegacion

Texto Legal

(Se deroga). Artículo derogado DOF 19-07-1993, 04-01-1994

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo se encuentra completamente derogado y no tiene aplicacion legal. No debe ser considerado en analisis de cumplimiento normativo actual. Su inclusion en compendios es meramente referencial historica.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 181 del LVGC?

Articulo derogado conforme al Diario Oficial de la Federacion del 19-07-1993 y 04-01-1994. Sin vigencia legal actual.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 181 de la LEY de Vías Generales de Comunicación?

Este articulo se encuentra completamente derogado y no tiene aplicacion legal. No debe ser considerado en analisis de cumplimiento normativo actual. Su inclusion en compendios es meramente referencial historica.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 181 del LVGC?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 181 LVGC desde tu celular