LVZMM

Artículo 28. Inspecciones por la Secretaría

La Secretaría llevará a cabo visitas de inspección para asegurar el cumplimiento de la ley y el protocolo relacionado con la contaminación marina. Estas inspecciones son esenciales para la regulación del vertimiento.

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Texto Legal

Personal acreditado de la Secretaría, llevará a cabo las visitas de inspección y vigilancia para el cumplimiento de la presente Ley, así como el Decreto Promulgatorio del Protocolo de 1996 relativo al Convenio sobre la Prevención de la Contaminación del Mar por Vertimiento de Desechos y Otras Materias, 1972.

LEY DE VERTIMIENTOS EN LAS ZONAS MARINAS MEXICANAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las empresas deben estar preparadas para recibir a los inspectores y tener toda la documentación a la mano. La transparencia y la cooperación durante estas visitas pueden facilitar el proceso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 28 del LVZMM?

La Secretaría llevará a cabo visitas de inspección para asegurar el cumplimiento de la ley y el protocolo relacionado con la contaminación marina. Estas inspecciones son esenciales para la regulación del vertimiento.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 28 de la LEY de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas?

Las empresas deben estar preparadas para recibir a los inspectores y tener toda la documentación a la mano. La transparencia y la cooperación durante estas visitas pueden facilitar el proceso.

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